Las pólizas de propiedad personal para residencias así como las pólizas comerciales, contienen definiciones y términos que establecen los parámetros de las cubiertas de las póliza de seguros. Sobre todo en el caso de una reclamación es donde los asegurados enfrentan un poco de confusión y principal controversia.
En estos días recibí de parte de Mapfre, un artículo que hablaba de este tema y decidí escribir un poco en mis propias palabras lo que conteníA el mismo, escrito por el Lic. Rafael Rivera Marcano. El mismo discute los conceptos de Valor de Mercado y Valor de Construcción basado en las reclamaciones de propiedad presentadas por asegurados.
Entonces, ¿Cuál es la diferencia y cómo aplica a las reclamaciones de propiedad de los asegurados? Citando el artículo anterior,
"El Valor de Mercado es el valor que asigna a la propiedad el propio mercado, es el valor de venta de una propiedad. El Valor de Mercado está inuenciado por el momento histórico, el área donde ubica la propiedad, el vecindario, la extensión y el tipo de terreno donde está ubicada la propiedad, la incidencia criminal del área, la venta de otras propiedades en el área, y otras consideraciones que impactan el mercado de bienes raíces. El Valor de Mercado puede estar afectado incluso por lo atractivo del área producto de la actividad comercial, atracciones de entretenimiento o turísticas."
"El Valor de Construcción, por el contrario, es el costo de construir una estructura, considerando el espacio o área de construcción, los materiales y la mano de obra." En el valor de construcción no se toma en consideración ninguna de las variantes que se toman en consideración en el valor del mercado, que son más abstractas sino el valor real o costo y la cantidad de los materiales. Por lo general, el valor de mercado es más alto que el valor de construcción.
En el caso de las pólizas de seguros por lo general establecen el pago basado en el "Actual Cash Value", o Valor Real del Mercado. Este valor actual toma en consideración la condición actual de la propiedad, la aplicable depreciación o vida útil además del deducible. Tanto la forma o contrato que se utiliza para las pólizas personales y comerciales de propiedad excluyen cubierta del terreno.
Una alternativa a la cubierta "ACV" o Valor Real en Efectivo, son los contratos o pólizas con acuerdo de valorización de Costo de Reemplazo. En las pólizas de este tipo no se toma en cuenta la depreciación, solo el deducible. Es un tipo de contrato opcional que no siempre está disponible y está sujeto a las condiciones de la póliza pero puedes solicitarlo a la hora de solicitar tu póliza.
Este escrito es solo un breve resumen de este tema. Si tienes más dudas de cómo se aplica la depreciación, los deducibles, deseas adquirir una cubierta o cualquier otra duda puedes siempre comunicarte. Tabiên puedes seguirnos en las distintas plataformas sociales como @Turepresentantedeseguros y en linkedin https://www.linkedin.com/in/becky-and%C3%BAjar-rold%C3%A1n-mba-36534b70/
BECKY ANDÚJAR, MBA
Representante Autorizado de Seguros
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